Lendo na voz de Galicia..... La Audiencia de Cantabria ha confirmado la sentencia de una juez de Santander que estableció que descargarse música de Internet y compartirla con otros usuarios no es delito si no hay ánimo de obtener un beneficio comercial, pero
avisa de que se trata de un ilícito civil que puede dar lugar a responsabilidades.
La Audiencia confirma así la absolución de un internauta cántabro que se enfrentó a una solicitud de dos años de cárcel por hacer copias no autorizadas de discos, películas y videojuegos e intercambiarlas con otros usuarios, de forma que
llegó a almacenar 6.780 álbumes de música en formato mp3, 204 películas y 172 juegos.
La sentencia es firme y fija en sus fundamentos los límites de lo que, a juicio de los tres magistrados que componen el tribunal, debe entenderse por copia privada y por ánimo de lucro, así como la distinción entre un delito contra la propiedad intelectual y un mero ilícito civil.